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Servicio

Personas y empresas

Orientación en Cesantías

Te explicamos cómo calcular, liquidar y usar tus cesantías correctamente.

Sin costo inicial. Sin compromiso. Orientación humana.

¿En qué te orientamos?

Las cesantías son una prestación social que todo empleador debe pagar a sus trabajadores. Su objetivo es que el empleado cuente con un ahorro para momentos en los que se quede sin trabajo, aunque también pueden usarse para vivienda, educación u otros fines autorizados por la ley.

Tanto empleados como empleadores tienen dudas sobre cómo se calculan, cuándo deben consignarse y cómo se liquidan los intereses. Te orientamos sobre cada uno de estos aspectos para que cumplas con tus obligaciones o entiendas tus derechos.

Algunos casos en los que te orientamos:

Eres empleado y quieres saber cuánto te deben consignar de cesantías.

Eres empleador y necesitas saber cómo calcular y consignar las cesantías de tus trabajadores.

Quieres retirar tus cesantías para comprar vivienda.

Necesitas usar tus cesantías para financiar estudios.

No sabes cómo se liquidan los intereses de las cesantías.

Tu empleador no ha consignado tus cesantías en la fecha establecida.

Cómo funciona el proceso

1

Identificamos si eres empleado o empleador para orientarte según tu rol.

2

Calculamos el valor de las cesantías proporcional al tiempo trabajado.

3

Explicamos cómo y cuándo deben consignarse (fecha límite: 14 de febrero).

4

Te guiamos en la liquidación de intereses sobre cesantías.

5

Te explicamos los usos permitidos y cómo solicitar el retiro.

Documentos que se revisan

Cédula de ciudadanía.
Contrato de trabajo o certificado laboral.
Soporte de afiliación al fondo de cesantías.
Historial de pagos de nómina (para calcular el monto).
Certificado de consignación emitido por el fondo.
Solicitud de retiro parcial o total (según el uso).

Preguntas frecuentes

Las cesantías equivalen a un mes de salario por cada año trabajado. Si trabajaste menos de un año, se calculan proporcionalmente: (salario mensual × días trabajados) ÷ 360.

El empleador debe consignar las cesantías antes del 14 de febrero de cada año, correspondientes al año anterior. Si no lo hace, puede ser sancionado.

Puedes usarlas para compra de vivienda (nueva o usada), construcción, remodelación, pago de crédito hipotecario, financiación de estudios superiores (tuyos, de tu cónyuge o hijos), y en caso de desempleo.

Los intereses se calculan aplicando el 12% anual sobre el valor de las cesantías consignadas. Se pagan directamente al empleado a más tardar el 31 de enero de cada año.

El empleador incurre en una sanción equivalente a un día de salario por cada día de retraso. Además, puedes denunciar el incumplimiento ante el Ministerio de Trabajo.

Sí, los fondos de cesantías invierten el ahorro y generan rendimientos anuales que se abonan a tu cuenta. El porcentaje varía según el fondo y las condiciones del mercado.

Recursos y herramientas útiles

Herramientas gratuitas para este servicio

Calculadora de Cesantías

Proyecta, optimiza y compara tus cesantías a 20 años.

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